TSE define límites al uso de videos en conferencias del Gobierno
El Tribunal Supremo de Elecciones recordó al Ejecutivo que solo podrá utilizar materiales audiovisuales con fines informativos y técnicos.
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) emitió un pronunciamiento en el que establece los alcances del artículo 142 del Código Electoral respecto al uso de productos audiovisuales durante las conferencias de prensa del Poder Ejecutivo.
La aclaración surge tras una consulta formal del ministro de Comunicación, Arnold Zamora Miranda, sobre la posibilidad de producir y difundir videos en esos espacios oficiales.
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De acuerdo con la resolución, los ministerios y dependencias del Gobierno podrán utilizar materiales audiovisuales o contenido multimedia únicamente con fines informativos y técnicos, y siempre que estén directamente relacionados con las consultas formuladas por la prensa.
En ningún caso podrán emplearse para resaltar logros, méritos o cualidades de la gestión gubernamental ni de sus jerarcas, ya que esto constituiría una violación a la normativa electoral.
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El TSE precisó que los videos proyectados durante las conferencias deberán tener un propósito complementario y justificado, y solo se permitirán si contienen información de carácter científico, técnico o educativo indispensable para la comprensión de temas vinculados con servicios públicos esenciales o emergencias nacionales.
La institución recordó que el uso de estos recursos debe responder al interés público y no a estrategias de comunicación política.
Las resoluciones, identificadas con los números 7064-E8-2025 y 7163-E8-2025, fueron emitidas el 20 y 21 de octubre, respectivamente, y advierten que la responsabilidad recae directamente sobre los funcionarios públicos que participen en la elaboración y difusión de estos materiales.
Ellos deberán garantizar que los contenidos no sean aprovechados ni instrumentalizados con fines electorales o propagandísticos, especialmente en el contexto previo a las elecciones nacionales.
El Tribunal también reiteró que el espíritu del artículo 142 del Código Electoral busca preservar la neutralidad del aparato estatal y evitar que los recursos públicos se utilicen para promover la imagen de las autoridades o influir en la opinión ciudadana.
Este tipo de disposiciones cobra particular relevancia en periodos preelectorales, cuando el límite entre la comunicación institucional y la proyección política puede resultar difuso.
Con este criterio, el TSE busca fortalecer la transparencia y la equidad en la comunicación pública, estableciendo parámetros claros para que las instituciones informen a la ciudadanía sin incurrir en propaganda ni vulnerar la legislación vigente.
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