Cómo me deben de pagar el feriado del 15 de agosto de 2025
El disfrute de este día no se traslada, AQUÍ te decimos cómo le deben pagar si trabaja este feriado.
El 15 de agosto se celebra uno de los feriados más importantes en Costa Rica, el Día de la Madre. Las personas suelen reunirse este día y compartir y celebrar con sus familias.
En 2025, su disfrute no se traslada, es decir, se mantiene para viernes. Además, ninguna persona trabajadora está obligada a laborar ese día, solo si está de acuerdo.
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¿Cómo me deben pagar el feriado del 15 de agosto?
El feriado del 15 de agosto es de pago obligatorio, de acuerdo con el Código de Trabajo.
En centros de trabajo con pago semanal (actividad no comercial), deberán de pagar los días laborados de esa semana junto con el feriado.
Si se trabaja el día feriado, 15 de agosto, se debe agregar un día sencillo, completando el pago doble.
Empresas que realicen su pago mensual, quincenal o semanal en actividad comercial, como “reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados. En estos casos, deben cancelar el salario completo de la semana, de la quincena o del mes, aun si no trabajan el feriado”, detalló el MTSS.
Si se trabaja el feriado, le deben de cancelar un día más adicional, por el pago doble.
Si los empleados trabajan horas extras, se debe pagar a tiempo y medio doble, es decir, un pago triple.
Cabe resaltar que toda persona tiene derecho de disfrutar de los feriados, por lo que ningún trabajador está obligado a laborar.
Si el empleado decido no trabajar un feriado no puede ser sancionado. Todos estos aspectos aplican para empresas nacionales, transnacionales o internacionales.
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¿Cuáles feriados quedan en 2025?
Estos son los feriados que quedan en 2025:
- Viernes 15 de agosto, de pago obligatorio. (Día de la Madre)
- Domingo 31 de agosto, de pago no obligatorio. (Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense)
- Lunes 15 de septiembre, de pago obligatorio. (Día de la Independencia)
- Lunes 1° de diciembre, de pago no obligatorio. (Día de la Abolición del ejército)
- Jueves 25 de diciembre, de pago obligatorio. (Navidad)
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