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Nacional

¿Por qué la Ley Jaguar 2.0 no puede ir a referéndum?

Servicios técnicos del Congreso advierte inconstitucionalidad del proyecto.

Jorge Alpízar Costa Rica /

La "Ley Jaguar", propuesta actualizada presentada por el Gobierno de Rodrigo Chaves a finales de julio, ha generado un importante debate en la Asamblea Legislativa, donde se ha determinado que no puede ser sometida a referéndum.

Así lo concluyó el departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, el cual es responsable de analizar la viabilidad legal de las propuestas que llegan al parlamento.

El informe jurídico emitido el lunes 12 de agosto sobre el expediente 24.467 destaca que la "Ley Jaguar" contiene disposiciones que tocan temas excluidos de la consulta popular.

En particular, la reforma al artículo 67 de la Ley General de Contratación Pública, incluida en el proyecto de ley, regula aspectos relacionados con el arrendamiento financiero, un servicio de carácter crediticio.

Según el análisis de Servicios Técnicos, este tipo de materia está expresamente excluida de ser sometida a referéndum, de acuerdo con el artículo 105 de la Constitución Política de Costa Rica y el artículo 2 de la Ley sobre Regulación del Referéndum (Ley N.º 8492).

El artículo 4 del proyecto de ley es especialmente problemático desde un punto de vista constitucional.

Servicios Técnicos advierte sobre las dudas de constitucionalidad que surgen con respecto a este artículo, que pretende modificar la normativa existente sobre arrendamientos financieros.

Esta preocupación se fundamenta en la jurisprudencia vigente y en el fallo de la Sala Constitucional sobre la primera versión de la "Ley Jaguar", la cual fue sometida a un riguroso examen constitucional y resultó reprobada en su totalidad.

El artículo 2 del proyecto de ley aborda la rectoría de la Contraloría General de la República, pero es el artículo 4 el que ha levantado más alarmas.

Servicios Técnicos subraya que, de acuerdo con el marco legal vigente, no pueden someterse a referéndum proyectos de ley que traten sobre materias presupuestarias, tributarias, fiscales, monetarias, crediticias, de pensiones, seguridad, aprobación de empréstitos y contratos, ni actos de naturaleza administrativa.

Dado que la "Ley Jaguar" incluye aspectos relacionados con arrendamientos financieros, el proyecto cae dentro de estas categorías prohibidas.

La implicación de esta conclusión es significativa para el futuro de la "Ley Jaguar". 

Al no poder ser sometida a referéndum, el proyecto legislativo debe seguir el camino habitual en la Asamblea Legislativa, donde será debatido y posiblemente modificado por los diputados.

Este desenlace representa un desafío para el Gobierno de Rodrigo Chaves, que había impulsado la "Ley Jaguar" en una nueva versión tras encontrarse inconstitucionalidades en el primer proyecto.

La imposibilidad de someterla a referéndum podría obligar al Ejecutivo a buscar alternativas para avanzar con sus objetivos legislativos, ya sea mediante nuevas reformas o negociaciones dentro de la Asamblea Legislativa.

¿Qué dijo Rodrigo Chaves sobre la Ley Jaguar en Noticias Telediario?

En entrevista con el director de Noticias Telediario, Michael Soto, el mandatario aseguró que la Ley Jaguar seguía “muy viva” y defendió que tarde o temprano pasará a referéndum.

"Si no es ahora, puede ser en el 2026. Tic, toc... Si la Ley Jaguar no está viva por obstrucción descarada, yo muy tranquilo me voy el 8 de mayo de 2026 y habrá mucha gente peleándola", expresó Rodrigo Chaves, presidente de la República.

Asimismo, criticó a la contralora Marta Acosta por lo que considera son obstáculos a la gobernabilidad del Poder Ejecutivo, punto central del proyecto promovido desde Zapote en dicho proyecto.

"A Marta Acosta (contralora) nadie la conocía, a ella le crearon una medalla en las Olimpiadas por obstáculos, el pueblo de Costa Rica es genial. No me siento traicionado ni molesto, mi ego no está metido en esto, dicen que hablo duro, a mí esto no me toca yo me pregunto en las 22 mil familias que no están teniendo trabajo hoy", espetó.


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