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Nacional

¿Cómo hago para calcular mi aguinaldo?

En caso de incumplimiento, el trabajador puede presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo más cercana.

Redacción Multimedios San José /

Cada fin de año, los trabajadores tanto del sector público como del privado esperan el pago de su aguinaldo, pero ¿qué es? y ¿cómo se calcula?, te lo explicamos a continuación.

De acuerdo con información del Ministerio de Trabajo, el aguinaldo es un “salario adicional” que debe pagar toda persona empleadora a las personas trabajadoras, cualquiera que sea su actividad, dentro de los primeros 20 días de diciembre de cada año. En caso de que la relación laboral termine antes del mes de diciembre, la persona trabajadora tiene derecho a que se le pague el aguinaldo al momento de la terminación de la relación laboral.


¿Cómo se calcula?

Se debe calcular con base en los salarios ordinarios y extraordinarios durante los 12 meses que van desde el 1 de diciembre anterior al 30 de noviembre del año actual. Se obtiene la suma de estos salarios y se divide en 12.

Tomá en cuenta que, para calcular el aguinaldo se deben incluir las “horas ordinarias” y “las horas extraordinarias”, así como cualquier otro pago salarial que se haya realizado en el período.

¿Qué hago si no me pagan el aguinaldo?

En caso de incumplimiento, el trabajador puede presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo más cercana. Si no lo pasa, si se retrasa o si lo paga incompleto, ya que es una retención indebida del salario y una falta grave de la persona empleadora a las obligaciones del contrato.

También se le aplicará una multa de ley, de acuerdo con los perjuicios que provoque y la cantidad de personas trabajadoras que ocupe.


¿Qué sucede cuando la persona trabajadora estuvo incapacitada?

En ese caso, se calcula con el tiempo que el trabajador percibió salarios. No se toma en cuenta el periodo que la persona estuvo incapacitada por enfermedad o riesgo de trabajo, por cuanto no recibió por enfermedad salario sino un “subsidio”.

¿Cómo aplica licencia por maternidad?

No se aplica de la misma forma cuando se trata de una trabajadora que disfrutó de la licencia por maternidad (pre y post parto), debido a que, en esta ocasión, las sumas percibidas durante ese tiempo sí se tienen como salario para todos los efectos legales, inclusive para el pago de aguinaldo y otros derechos como: preaviso, auxilio de cesantía y vacaciones.


¿Qué deducciones pueden aplicarse al aguinaldo?

A la suma del aguinaldo que le corresponde a la persona trabajadora, no se le debe aplicar ningún tipo de rebaja, ni cargas sociales; únicamente puede rebajarse el monto que corresponde por pensión alimentaria.

¿Puedo perder mi aguinaldo?

Mientras el contrato de trabajo esté vigente, el derecho al aguinaldo no se pierde. Sí se puede perder, si pasa un año o más después de terminada la relación laboral sin realizar una gestión para cobrarlo. 


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