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Estos son los lineamientos para vigilar la Viruela Símica

Proceso permitirá mantener un control estricto de la enfermedad.

Redacción Multimedios Costa Rica /

El Ministerio de Salud emitió el lineamiento general a seguir para la Vigilancia de la Viruela Símica, esto con el objetivo de dar a conocer el proceso inicial para el abordaje epidemiológico de casos sospechosos y probables de la viruela del mono.

Esta serie de lineamientos son de carácter obligatorio y establecen la identificación, detección y notificación de los casos sospechosos en los servicios de salud públicos y privados.

Las autoridades de salud permanecen atentas a la aparición de pacientes que presentan una erupción atípica que progresa en etapas secuenciales de maculas, pápulas, vesículas, postulas, costras y que se asocian con fiebre, linfadenopatía y mialgia.


Los casos sospechosos deberán ser notificados inmediatamente a las autoridades de salud pública correspondientes, para que se implementen acciones de salud oportunas.

Este documento cuenta con la definición de caso sospechoso, probable y confirmado, en concordancia con la Organización Mundial de la Salud, para que así la sociedad esté al tanto e identifique los diferentes procesos.

Casos identificados

Los casos identificados llevan un proceso de investigación con descarte de otras enfermedades y posibles causas de exantema. Asimismo, el lineamiento indica que el aislamiento de casos se realizará a través de órdenes sanitarias, emitidas por el Ministerio de Salud.

Es decir, cualquier paciente con sospecha de viruela símica debe ser aislado durante los períodos infecciosos, respectivamente; este tiempo va desde el inicio de síntomas hasta 21 días después o al resolver la totalidad de las lesiones que presenta el paciente. También, se girará ordenamiento sanitario mientras se determina la causa de la enfermedad, si el resultado es positivo este será por el período de transmisión.


Proceso de contactos

Las autoridades señalan que es importante aclarar que tan pronto como se identifica un caso sospechoso o probable, se debe iniciar la identificación y seguimiento de contactos. Los contactos cercanos del caso deben ser informados de su condición de contacto, dentro de las 24 horas posteriores a la identificación. Además, se debe realizar seguimiento del contacto asintomático cada 24 horas para detectar la aparición de signos y síntomas durante un período de 21 días desde el último contacto con un paciente en el período infeccioso.

Debido a que los conocimientos generales y la situación epidemiológica de esta nueva enfermedad se encuentran en una condición evolutiva y dinámica, tanto en el contexto local como internacional, el lineamiento se revisará de forma periódica pues el contenido puede variar, por lo que se publicará la versión vigente en la página web del Ministerio de Salud.


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