(+VIDEO) Patronos deberán ajustarse a autodeterminación de género
Patronos que incumplan pueden ser demandados por acoso laboral o por discriminación laboral.
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El anuncio realizado por parte del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), que permite a las personas cambiar su nombre en la cédula de identidad conforme a su autodeterminación de género, obligará a los patronos a adecuarse a las nuevas reglas.
Randall González, experto en materia laboral, explicó que las empresas, instituciones y todo tipo de organización que tiene personal a cargo deberán ajustarse a los nuevos requerimientos, cumplir la ley y evitar no ser blanco de demandas
Mencionó que al momento en el cual el colaborador notifica a su patrono del cambio de nombre por autodeterminación de género, todo documento como planillas, reportes a la Caja Costarricense del Seguro Social, pólizas de seguros, registros internos, apercibimientos, notificaciones y hasta el carné, debería modificarse a la brevedad que sea posible.
“Para efectos legales, aunque la persona se cambie de nombre por autodeterminación de género, el contrato de trabajo que ya está suscrito, sigue vigente; las responsabilidades y obligaciones entre las partes no varían”, agregó González.
En el caso que el patrono incumpla, el colaborador podría acusarlo incluso por concepto de discriminación laboral y ser objeto de sanciones económicas determinadas por un juez.
De acuerdo con el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), se han recibido alrededor de 150 solicitudes de cambio de nombre por autodeterminación de género.
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