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Nacional

Proyecto busca prohibir las terapias de conversión en Costa Rica

La iniciativa plantea multas de hasta cinco salarios base y suspensiones de permisos sanitarios para profesionales y establecimientos que realicen estas prácticas.

Cristian Segura Costa Rica /

Un nuevo proyecto de ley busca prohibir y sancionar en Costa Rica las llamadas terapias de conversión, mediante una reforma a la Ley General de Salud. La iniciativa fue presentada el 9 de setiembre por el diputado del Frente Amplio Antonio Trejos y corresponde al expediente 25.776.

La propuesta pretende impedir que profesionales o establecimientos de salud realicen, recomienden, promuevan, financien u ofrezcan prácticas dirigidas a cambiar, reprimir o suprimir la orientación sexual, la identidad o la expresión de género de una persona. El texto las define como Esfuerzos para Cambiar, Reprimir o Suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género (ECOSIG).

Si la reforma es aprobada, el Ministerio de Salud podría imponer multas de uno a cinco salarios base, ordenar el cese inmediato de estas prácticas y suspender hasta por seis meses la licencia, autorización o permiso sanitario de funcionamiento del establecimiento involucrado. En casos de reincidencia o cuando exista un riesgo grave para la salud o integridad de las personas, también se plantea la cancelación definitiva del permiso.

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La gravedad de la conducta sería tomada en cuenta para definir la sanción. Entre los factores contemplados están la edad y vulnerabilidad de la persona afectada, posibles relaciones de autoridad o dependencia, el uso de violencia, amenazas, engaño, aislamiento o privación de libertad, además del daño provocado, el beneficio económico y la reincidencia.

El proyecto aclara que no busca sancionar opiniones, convicciones religiosas, predicaciones o acompañamiento espiritual, siempre que estas actividades no formen parte de una intervención dirigida específicamente a modificar o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

La iniciativa tampoco crea un nuevo delito ni establece penas de prisión. Las eventuales sanciones administrativas serían independientes de otras responsabilidades civiles, penales o disciplinarias que pudieran corresponder según cada caso.



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