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Patronos están obligados a otorgar tiempo para que los trabajadores voten

Sin reducción salarial según Códigos de Trabajo y Electoral.

Redacción Multimedios Costa Rica /

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) recuerda que es obligación de todo patrono conceder a los trabajadores el tiempo necesario, sin reducción de salario, para el ejercicio del voto el próximo 6 de febrero.


Esta disposición está contemplada en el Código de Trabajo (artículo 69, inciso j) y en el Código Electoral (artículo 292) se establecen las sanciones correspondientes para los patronos que incumplan esta disposición.

El TSE también recuerda que ningún patrono podrá practicar rebajas salariales a los trabajadores que se ausenten para colaborar como miembros de mesa en cualquier junta receptora de votos.

La entrega de la cédula el día de las elecciones, dependerá de la oficina en que se solicite.
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