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Nacional

Otto Guevara condenado a dos años de prisión tras sentencia del Tribunal Penal de Goicoechea

Guevara quedó inhabilitados de cargos públicos.

Redacción Multimedios San José /

La Unidad Especializada de la Fiscalía General demostró la culpabilidad del exdiputado, Otto Guevara,  por cuatro delitos de falsedad en la declaración jurada. 

Ante esto,  el Tribunal Penal de Hacienda y de la Función Pública lo condenó a seis meses de prisión por cada ilícito, para un total de dos años.

Debido a las reglas de penalidad del concurso material, la sentencia se readecúa a 1 año y seis meses. 

Inhabilitación de cargos públicos: 

El exlegislador fue condenado al mismo plazo de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos.

¿Qué ocurrió?

De acuerdo con el Ministerio Público " los delitos se configuraron debido a que el acusado omitió de manera dolosa declarar su participación como director y dueño del capital accionario de una empresa ubicada en el extranjero". 

Además, mencionaron que, "la representación fiscal señaló que, a partir del 1 de mayo del 2014, cuando Guevara asumió como diputado, estaba obligado a presentar una declaración jurada de la totalidad de su patrimonio al comienzo de sus funciones, así como una declaración anual ante la Contraloría General de la República (CGR), de conformidad con los términos establecidos en los artículos 21-36 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito (Ley 8422)". 

Sin embargo, "las pruebas aportadas en el juicio demostraron que, en las cuatro declaraciones presentadas cada mes de mayo por el imputado ante la CGR, no se declaró la existencia de la empresa, con lo que se habría suministrado información falsa". 

No cumplirá la pena en prisión: 

El Tribunal Penal le otorgó a Guevara el beneficio de ejecución condicional, por lo que no cumplirá la pena en prisión, sin embargo, de cometer algún delito, se podría revocar dicho beneficio.

Reglas de penalidad del concurso material:

Según el manual de términos prácticos para comprender el proceso penal del país, "cuando una persona comete más de un delito, en diferentes momentos, se da lo que se conoce como un concurso material. Se sanciona sumando las penas que corresponde a cada delito, sin que esta suma pueda superar el triple de la pena mayor. En ningún caso la pena podrá superar los 50 años en caso de adultos y en el caso de las personas menores de edad imputadas, 10 años o 15 años (según el grupo etáreo)". 



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