user-icon user-icon
  • Clima
    • Provincia de San José 9ºC 9ºC Min. 21ºC Máx.
    • Clear
    • Próximos 5 días
      • Domingo
      • 8º / 21º
      • Clear
      • Lunes
      • 8º / 21º
      • Clear
      • Martes
      • 11º / 20º
      • Clear
      • Miércoles
      • 10º / 21º
      • Clear
      • Jueves
      • 11º / 21º
      • Clear
    • Pronóstico en video Emily Quiñones nos da el pronóstico del tiempo en Costa Rica para este viernes 13 de diciembre de 2024.
    • Emily Quiñones nos da el pronóstico del tiempo en Costa Rica para este viernes 13 de diciembre de 2024.
      • Video
      • media-content
Nacional

Este jueves vence plazo para pago de anticipo del Impuesto Sobre la Renta

Factura electrónica será fundamental para el pago final de este impuesto.

Multimedios y Verónica Alpízar Costa Rica /

El próximo jueves 29 de junio, vencerá el plazo para presentar el segundo anticipo que deben realizar todas las personas físicas o jurídicas que realicen actividades o negocios lucrativos, así como los profesionales que brinden servicios de forma independiente.

El pago parcial es un anticipo del Impuesto sobre la Renta (ISR) que deberá liquidarse a fin de año con la debida declaración, según lo establece el artículo 22 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Por ejemplo, si un contribuyente pagó por impuesto de renta en 2017 ¢10.000, se determina que los pagos parciales trimestrales para el periodo 2018 constituyen el 25% de ese monto, es decir, cada pago será de ¢2.500.  En el caso de que el contribuyente no realice los pagos parciales ya programados, no tendrá que pagar multa, pero sí acumulará intereses de 13,73% anual proporcionales al retraso de pago, aunque en diciembre del 2018 cancele la totalidad del impuesto.

Los pagos parciales o anticipos de renta se pueden efectuar por medio de internet, con su cuenta bancaria a través del sitio web de la entidad financiera de su preferencia, o apersonándose en las cajas de estas entidades, sin llenar ni presentar un formulario.

Factura electrónica 

“Recuerde que si no confirma la factura electrónica que recibe de su proveedor dentro de los 8 días hábiles a su recibo, se expone a perder el gasto como deducible”, puntualizó Dunia Zamora Solano.

El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica pone a disposición de los contribuyentes la línea 2247-0045, si requieren aclarar alguna duda.

  • Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de TELEDIARIO; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
  • t-icon