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Nacional

¿Cómo me deben pagar el feriado del 25 de julio 2026?

El disfrute de este día no se traslada, AQUÍ te decimos cómo le deben pagar si trabaja este feriado.

Indira Zúñiga Costa Rica /

El próximo 25 de julio, cuando se conmemora 202 años de la Anexión del Partido de Nicoya a Costa Rica, será un feriado de pago obligatorio y no se trasladará, por lo que su disfrute mantiene el sábado.

De acuerdo con el artículo 148 del Código de Trabajo, todas las personas trabajadoras tienen derecho a disfrutar de este feriado, sin importar la modalidad de pago bajo la que laboren. Conoce AQUÍ como le deben pagar este día:

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​​¿Cómo me deben de pagar el feriado del 25 de julio?

​El 25 de julio es un feriado de pago obligatorio, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).

En centros de trabajo con pago semanal (actividad no comercial), deberán de pagar los días laborados de esa semana junto con el feriado.

Si el empleado trabaja el día feriado, 25 de julio, se debe agregar un día sencillo, completando el pago doble.

Empresas que realicen su pago mensual, quincenal o semanal en actividad comercial, que “reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados; en estos casos, deben cancelar el salario completo de la semana, de la quincena o del mes. Si se trabaja en feriado, se debe cancelar el salario de un día más dentro del pago”, detalló el MTSS.

Si los empleados trabajan horas extras, se debe pagar a tiempo y medio doble, es decir, un pago triple.

Cabe resaltar que toda persona tiene derecho de disfrutar de los feriados, por lo que ningún trabajador está obligado a laborar.

Si el empleado decido no trabajar un feriado no puede ser sancionado. Todos estos aspectos aplican para empresas nacionales, transnacionales o internacionales.

Días feriados de 2026. (MTSS)
Días feriados de 2026. (MTSS)

¿Cuáles son los días feriados de 2026?

Estos son feriados que quedan en el 2026 en Costa Rica.

  • Sábado 25 de julio, de pago obligatorio. (Día de la Anexión del Partido de Nicoya)
  • Domingo 2 de agosto, de pago no obligatorio. (Día de la Virgen de los Ángeles)
  • Sábado 15 de agosto, de pago obligatorio. (Día de la Madre)
  • Lunes 31 de agosto, de pago no obligatorio. (Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense)
  • Martes 15 de septiembre, de pago obligatorio. (Día de la Independencia)
  • Martes 1° de diciembre, de pago no obligatorio. (Día de la Abolición del ejército)
  • Viernes 25 de diciembre, de pago obligatorio. (Navidad)

Cabe resaltar que en 2026 ningún feriado se traslada, todos se disfrutan el propio día.


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