Estos son los comercios que deben usar mascarilla o careta de forma obligatoria
Toda persona que atienda público, en el caso de restaurantes siempre debe ser mascarilla por la posición elevada de quien toma el pedido.
El ministro de Salud, Daniel Salas anunció que, en paralelo con la nueva fase de apertura que tentativamente estaría reprogramada para este fin de semana, se instruye el uso de mascarillas de forma obligatoria para ciertos servicios o comercios.
A partir del 27 de junio se instruye el uso de mascarilla o careta.
En ese sentido, detallaron que los servicios o comercios que deben usar mascarilla o careta de forma obligatoria son:
- Toda persona que atienda público, en el caso de restaurantes siempre debe ser mascarilla por la posición elevada de quien toma el pedido. El personal de atención al público que cuente con barreras físicas (vidrios, acrílicos, polietilenos), no está obligado a utilizar careta o mascarilla. Si una evaluación de riesgos realizada por la propia empresa lo considera oportuno, éstas pueden ser utilizadas como parte del equipo de protección personal.
- Clientes y choferes de transporte público remunerado de personas dentro de los vehículos, y recomendado en estaciones y paradas. La empresa autobusera tendrá la rotulación respectiva sobre el uso correcto de la mascarilla.
- Asistentes y quienes ofician actos religiosos.
- Asistentes a teatros y cines.
- Las personas que visitan centros de salud, cárceles, centros de atención de personas que consumen sustancias psicoactivas o centros de atención de población que posea factores de riesgo.
- Las personas cuidadoras de personas adultas mayores y de personas con discapacidad, especialmente quienes prestan este servicio en asilos, hogares de ancianos y otras alternativas residenciales.
- Personas que laboran en call centers (centros de llamadas) que comparten cubículos de trabajo.
- Clientes de bancos, previendo las medidas de seguridad implementadas por las entidades y minimizando la manipulación de la mascarilla o la careta.
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