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Nacional

Desestiman segunda denuncia penal contra el presidente Alvarado

Según criterio de la Fiscala General, Emilia Navas, ninguna de las dos figuras penales -prevaricato y usurpación de autoridad- penales se configuró.

Multimedios y Javier David Mota Costa Rica /

SAN JOSÉ.- Por solicitud de la Fiscalía General del República, la Sala Tercera ordenó la desestimación de la denuncia penal contra el Presidente de la República, Carlos Alvarado y Carlos Manuel Rodríguez, quien fungía en ese momento como Ministro de Ambiente y Energía, por los supuestos delitos de prevaricato y usurpación de autoridad.

De acuerdo con la resolución, del  expediente 19-000069-0033-PE,  se emitió a las trece horas con catorce minutos del pasado 22 de enero del año en curso, con el voto número 2021-00073, fue notificada el día de ayer 8 de febrero.

La denuncia fue presentada a raíz de la suscripción del Decreto Ejecutivo número 41769-MINAE en junio del  2019. Según criterio de la Fiscala General, Emilia Navas, ninguna de las dos figuras penales -prevaricato y usurpación de autoridad- penales se configuró.

Los defensores de Carlos Alvarado, Rodolfo Brenes Vargas y Róger Guevara Vega, indicaron que “la Sala de Casación Penal ordena la desestimación de esta otra denuncia y esto nos satisface. Consideramos que estas denuncias son parte de una clara tendencia de algunos grupos de interés de utilizar el derecho penal con fines políticos, o para entrabar decisiones ordinarias de la administración. Claramente se están criminalizando las decisiones políticas”.

La Sala de Casación Penal, conforme lo expuesto por la Fiscalía General de la República, indica en su resolución, que efectivamente, no se cumplen los presupuestos objetivos ni subjetivos de los tipos penales de Usurpación de Autoridad y Prevaricato.

En relación con el señor Carlos Manuel Rodríguez, la Sala Tercera ordenó remitir el expediente a la Fiscalía General para que resuelva lo que a derecho corresponde.

Esta es el segunda denuncia penal en contra de Carlos Alvarado, en un plazo de 15 días, que la Sala de Casación Penal desestima.

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