Empresas deberán revisar sus protocolos ante nuevas reglas sobre acoso laboral
El Convenio 190 de la OIT entrará en vigor en Costa Rica este viernes 2 de octubre y establece un marco más amplio para prevenir y atender situaciones de violencia y acoso en el trabajo.
Las empresas costarricenses deberán revisar sus políticas internas para prevenir y atender situaciones de violencia y acoso laboral ante la entrada en vigor del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), prevista para este viernes 2 de octubre.
Costa Rica aprobó este convenio mediante una ley en 2025. Su entrada en vigor no implica que las empresas deban modificar automáticamente sus contratos laborales o que aparezcan nuevas causales de despido, pero el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y los tribunales podrán utilizar sus disposiciones como referencia para interpretar las normas vigentes.
Daniel Valverde, socio experto en derecho laboral de Ecija, y Cristhian Monge, socio de BDS Asesores, recomiendan que las compañías revisen las políticas y códigos de conducta que ya tienen establecidos. El objetivo es determinar si esos documentos requieren ajustes o si es necesario crear protocolos específicos para abordar situaciones de violencia y acoso.
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Entre las medidas planteadas se encuentra ampliar las políticas más allá del hostigamiento sexual, identificar los riesgos existentes en las prácticas laborales y fortalecer los canales para presentar denuncias. También se recomienda establecer procedimientos claros para recibir, investigar y documentar los casos, así como definir medidas de protección, reparación y acciones correctivas.
La preparación también incluye capacitar al personal, las jefaturas y los equipos encargados de recursos humanos. Las personas responsables de recibir denuncias deberán conocer los procedimientos internos y las empresas tendrán que mantener registros de las denuncias, investigaciones y medidas adoptadas.
Otro de los aspectos señalados por los especialistas es la preparación ante eventuales inspecciones del MTSS. Las compañías deben poder demostrar que cuentan con mecanismos para recibir y atender denuncias y que estos procedimientos son comunicados al personal.
El Convenio 190 contempla una definición más amplia de violencia y acoso en el mundo del trabajo, al considerar comportamientos que pueden presentarse una sola vez o de manera repetida. Su aplicación convivirá con la legislación laboral vigente y servirá como marco para la interpretación de las normas relacionadas con estas situaciones.
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