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Nacional

¿Cómo prevenir el estrés térmico por calor? 

Seguí estas recomendaciones de Consejo de Salud Ocupacional (CSO).

Multimedios y Redacción Costa Rica /

SAN JOSÉ.- La población trabajadora que labora directamente bajo el sol, en lugares donde no hay brisa, o si el trabajo implica tareas pesadas, pero se requiere el uso de prendas pesadas, capas, kimonos, uniformes no transpirables o impermeables (que no permita el intercambio calórico), están expuestas a sufrir problemas de deshidratación, agotamiento, calambres y golpe de calor, que de no atenderse en forma oportuna podrían ocasionar serios problemas de salud e incluso ocasionar la muerte.

Considerando que Costa Rica tiene un clima tropical y que las temperaturas se han elevado y continuará con esta tendencia debido al Cambio Climático, se hace indispensable desarrollar estrategias para proteger la salud de las personas trabajadoras que realizan sus labores al aire libre y están expuestas a estrés térmico. 

Por lo anterior, y en aras de la prevención, el Consejo de Salud Ocupacional aprobó el Reglamento para la prevención y protección de las personas trabajadoras expuestas a estrés térmico por calor, Decreto Ejecutivo N° 39147-MS-MTSS.

Tiene como objeto establecer las medidas de prevención y protección que se deben implementar en todo centro de trabajo donde se contratan personas trabajadoras para realizar labores al aire libre, se aplica en todo el territorio nacional. 

Estrés Térmico por calor: Se define como la carga neta de calor a la que están expuestas las personas trabajadoras, como resultado de tres tipos de factores que pueden estar presentes en el trabajo, juntos o no:

• Condiciones ambientales (alta temperatura, alta humedad, calor radiante).

• Actividad física intensa.

 • Ropa o equipos de protección personal (EPP) con características aislantes que dificultan o impiden la transpiración. 

 

Medidas de prevención y protección

Protocolo de “hidratación, sombra, descanso y protección

”Las personas trabajadoras que realizan labores al aire libre están en riesgo de sufrirmanifestaciones clínicas relacionadas con el estrés térmico por calor. Por lo que elreglamento establece que las personas empleadoras deben implementar el protocolo dehidratación, sombra, descanso y protección, con el fin de prevenir las manifestacionesclínicas en las personas trabajadoras que están expuestas a estrés térmico por calor.

Manifestaciones clínicas:

son las manifestaciones objetivas, clínicamente fiables, y observadas en la exploración médica, es decir, en el examen físico del paciente, y los síntomas subjetivos, percibidas únicamente por el paciente como, por ejemplo, el dolor, la debilidad y el mareo. Entre las manifestaciones clínicas por calor están:

• Agotamiento por calor: Es una manifestación clínica causada por la exposición a temperaturas altas, sobre todo combinada con mucha humedad y actividad física intensa. La persona puede presentar piel fría y húmeda, sudoración profusa, dolor de cabeza, náuseas o vómitos, mareo, calambres, aturdimiento, debilidad, sed, irritabilidad, pulsaciones rápidas.

• Calambres por calor: Es una manifestación clínica que normalmente afecta a las personas trabajadoras que sudan mucho durante actividades extenuantes. Esta sudoración reduce los niveles electrolitos y agua del cuerpo.

• Golpe de calor o insolación: Es una manifestación clínica ocasionada por el exceso de calor en el cuerpo, generalmente como consecuencia de la exposición prolongada a altas temperaturas y/o del esfuerzo físico que llevan a desequilibrio electrolítico. Es una urgencia médica extrema porque es a la vez de aparición muy rápida y puede ocasionar la muerte si no se trata rápidamente. La persona puede presentar piel enrojecida, caliente y seca o sudoración excesiva, temperatura corporal muy alta, confusión, convulsiones, desmayo.

Las personas que trabajamos al aire libre, expuestas a altas temperaturas, humedad y/o actividad física intensa debemos...

Publicado por Consejo de Salud Ocupacional en Miércoles, 17 de marzo de 2021

El Patrono debe implementar el Protocolo de acuerdo con el nivel de riesgo.

Nivel de riesgo: Es el grado de probabilidad que las personas trabajadoras puedan sufrirmanifestaciones clínicas(calambres por calor, agotamiento por calor, golpe de calor) por exposiciónsobrecarga térmica. Estos valores se dividen, según el Índice de calor, en cuatro niveles de riesgo:

Medidas de prevención y protección

 • Hidratación: Asegurar la disponibilidad de agua potable durante toda la jornada de trabajo, en la cantidad que la persona trabajadora lo requiera. Brindar bebida isotónica según norma del Ministerio de Salud, en nivel de riesgo IV, o en nivel de riesgo III si se esta directamente bajo el sol, se realiza una labor física pesada o se utiliza ropa o equipo de protección personal que no permita la sudoración. 

•Sombra: la persona trabajadora debe tener acceso a un a area de sombra, es el áreadestinada para que las personas trabajadoras puedan descansar y protegerse de las condicionesclimáticas, éstas instalaciones pueden ser fijas o móviles, permanentes o temporales, tambiénse considerará la sombra provista por el follaje de árboles o cultivos de alto porte. Estaráninstalados en sitos de fácil acceso para los trabajadores, en los lugares de mayor concentraciónde trabajadores dentro del área de trabajo, el empleador deberá proporcionar los medios detransporte que permita trasladar a las personas trabajadoras hasta las instalaciones cercanas.

• Descanso: tiempo que la persona trabajadora usa para ingerir sus alimentos, consumir aguapotable o bebida isotónica, hacer uso del servicio sanitario.

• Protección: sombrero o gorra con cobertor en el cuello, camisa manga larga o mangas

Fotos: Policía Municipal de San José.
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