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Nacional.

Obligatoriedad de vacuna en el sector público rige a partir de hoy

La medida entra a regir a partir de este 15 de octubre.

Redacción Multimedios San José /

La obligatoriedad de la vacuna contra COVID-19 para todos los funcionarios del sector público rige a partir de este viernes 15 de octubre. 

El decreto fue firmado por el presidente de la República, Carlos Alvarado, y el ministro de Salud, Daniel Salas. 

La medida también habilita a los patronos del sector privado a que se unan a la medida y opten por la vacunación como obligatoria en sus centros de trabajo.

"Será responsabilidad del patrono tomar las medidas correspondientes de acuerdo con la legislación del país y la normativa institucional, en el caso de los trabajadores que no quieran vacunarse contra el COVID-19”, cita el documento. 

Según informó Presidencia, la Sala Constitucional ha reconocido la importancia de la vacunación como parte de la asistencia sanitaria esencial que debe garantizar el Estado costarricense en aras de proteger el derecho fundamental a la salud de todas las personas.

Informe sobre vacunación de su personal el 5 de noviembre: 

El próximo 5 de noviembre, los ministerios e instituciones del sector público deberán presentar un informe sobre la vacunación de su personal.

Geannina Dinarte, ministra de la Presidencia, detalló que el informe tendrá la cantidad de personal con esquema completo, la cantidad de personas con primeras dosis, la cantidad con certificado de contraindicación médica para esta inmunización y la cantidad de personas no vacunadas.

Las entidades deberán verificar la vacunación de cada funcionario, así como la justificación médica de aquellas personas que tengan contraindicaciones. 

En todo el sector público, se emprenderá una campaña de sensibilización para que las personas que no se hayan vacunado aclaren sus dudas y se vacunen de forma pronta. 

Si la campaña de sensibilización no funciona entre la población no vacunada del sector público, se dará la posibilidad de que los jerarcas instruyan a cada persona para que se inmunice, para lo cual habrá entre 5 y 10 días hábiles para cumplir la orden.

Luego de ese plazo, se impondrán medidas disciplinarias a quienes mantienen su renuencia a vacunarse sin una justificación válida. Las medidas podrían ser un procedimiento administrativo, una multa fija, un salario base, según estipula el artículo 378 de la Ley General de Salud, y una denuncia ante el Ministerio Público.

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